La entrada en vigencia del Régimen Penal Juvenil abrió en la provincia de Corrientes una etapa de adecuación institucional. La Ley 27.801 comenzó a regir el 5 de septiembre y bajó de 16 a 14 años la edad mínima de imputabilidad, pero modificó el abordaje de los delitos cometidos por adolescentes, con proceso penal, medidas alternativas, límites a la prisión y una mirada socioeducativa.
El contraste con la provincia de Buenos Aires quedó instalado dos días después. La jueza de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas de Zamora, Marta Elba Pascual, dispuso una suspensión cautelar de 60 días por dificultades de infraestructura y alojamiento.
En tanto que en Corrientes, recientemente una nutrida delegación de jueces y autoridades del Ejecutivo recorrió el Instituto Penal Juvenil provincial en el marco de la aplicación de la nueva normativa.
Una reforma integral
El cambio más visible es la reducción de la edad de imputabilidad. Desde los 14 años, los adolescentes pueden ser imputados por delitos previstos en el Código Penal, ingresar a un proceso formal y ser juzgados bajo reglas específicas. El informe jurídico señala que los jóvenes de 14 y 15 años abandonan la inimputabilidad absoluta del régimen anterior.
La reforma reemplaza el esquema tutelar vigente durante más de cuatro décadas por un sistema basado en debido proceso, garantías y respuestas graduadas. Para hechos con penas de hasta tres años no se permite prisión efectiva y deben aplicarse medidas socioeducativas o restaurativas, como educación, capacitación laboral, trabajos comunitarios, prohibiciones de contacto y monitoreo electrónico. Para delitos de entre tres y diez años, la privación puede sustituirse bajo condiciones. En los más graves puede existir prisión efectiva, pero no perpetua: la pena máxima es de 15 años. El alojamiento debe ser en centros especializados, separados de adultos.
