LA JUSTICIA AVALÓ LA CONTINUIDAD DE LA ACTIVIDAD EN LA COOPERATIVA DE SAN BERNARDO

El Juzgado del Trabajo de Villa Ángela hizo lugar a una medida cautelar de la firma agro producciones del NEA SA y ordenó a la Municipalidad suspender la clausura y las multas contra la desmotadora local.

SÁENZ PEÑA (Agencia). El Juzgado del Trabajo de la tercera circunscripción judicial con asiento en Villa Ángela resolvió hacer lugar a un pedido de no innovar presentado por la fima Agro Producciones del NEA SA contra la Municipalidad de San Bernardo, que mediante una resolución suspendió la actividad del desmote, aplicando severas multas y la clausura de la cooperativa San Bernardo, alquilada por la firma agrícola.

Esto significa que la justicia le ordena ahora a la Municipalidad del mencionado municipio a dejar sin efecto, revocar o suspender la resolución 220/2026 que había dispuesto la suspensión de la habilitación municipal, la aplicación de multas y la clausura del establecimiento, señala la cautelar que lleva la firma de Luis Gutiérrez, juez del Trabajo.

El reclamo

Agro-Producciones del NEA S.A./ Municipalidad de San Bernardo representada por el presidente del directorio Sebastián Jeremias Pinczuk, se presentó ante la Justicia promoviendo medida cautelar de no innovar conexa a una acción de amparo ya presentado con anterioridad.

Se hace mención en el reclamo de la empresa agrícola que la firma prosedió al pago de impuesto por tasa de seguridad e higiene, con habilitación municipal, pago total por el rubro desmotadora de algodón, y también presentó informe de inicio de campaña acompañando un informe de implementación de mitigación de impacto, con un estudio y análisis de la calidad del aire, arrojando en los tres puntos de muestreo niveles muy por debajo del valor límite permitido establecidos por ley provincial.

Informe ambiental

Este informe -señala Pinczuk- no recibió objeción alguna y fue presentado también ante el Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental, Dirección de Cambio Climatico y Riesgo Ambiental de la Subsecretaria de Ambiente del Chaco.

El 16 de marzo señala el escrito presentado, recibieron una ilegitima, ilegal y arbitraria resolución dictada por el Ejecutivo Municipal que suspendía la habilitación comercial del establecimiento que es alquilado por la firma.

La Municipalidad ya había cobrado tasas por control de seguridad e higiene, pero suspende la habilitación comercial, aplica exorbitantes multas y dispone la clausura del establecimiento por supuesta continuidad en la actividad del desmote.

Con todos estos antecedentes, la justicia resolvió decretar la medida cautelar innovativa debiendo la Municipalidad dejar sin efecto, revocar o suspender la resolución 220/2026 que había dispuesto la suspensión de la habilitación municipal, la aplicación de multas y la clausura del establecimiento.

En plena crisis económica, el municipio de San Bernardo intentó, y sin un plan concreto de acompañamiento para encontrar una solución integral y de equilibrio, llevó a la clausura del desmote de la cooperativa histórica y a la empresa agro producciones del NEA dejando a la localidad sin su principal fuente de trabajo. Casi un centenar de familias estuvieron al borde de quedarse sin trabajo, lo que finalmente fue rebatido por la Justicia laboral.